Para Mariana, aca empezo la discusion
2+2=5 dice: 30/10/2010 en 16:14
Chancho: Vengo con atraso porque me ocupé de leer todo el artículo IV del Convenio Constitutivo del FMI (no cito fuentes que citan, lo leí directo, que es lo que hay que hacer); y en ningún momento nuestro país está obligado a permitir que el FMI revise sus cuentas, es una decisión soberana del país permitirlo
Yo le conteste con esto
chancho al trote dice: 30/10/2010 en 16:31
2+2 = 5 El articulo IV
Los países miembros proporcionarán al Fondo la información necesaria para ejercer esa supervisión y, a solicitud del Fondo, le consultarán sobre sus políticas de tipos de cambio.
http://www.imf.org/external/pubs/ft/aa/spa/aa04.htm
Listo el pollo. Te quedo claro ?????